Jueces justifican condena de 35 aƱos a joven que incendiĆ³ el Metro por daƱos a la sociedad.
Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que dictaron la primera sentencia de terrorismo en el paĆs contra el responsable de incendiar un vagĆ³n del Metro, argumentaron que impusieron la pena de 35 aƱos de prisiĆ³n por la influencia y afectaciĆ³n directa que tiene para la sociedad dominicana.
Las magistradas Pilar Rufino DĆaz, Daira Medina y Gisel Naranjo, en la sentencia que condena a Frankelis HolguĆn Medina, sostienen que los delitos de terroristas involucra victimas que no tienen nada que ver con la motivaciĆ³n que tuvo el imputado de incendiar dicho vagĆ³n donde 20 personas resultaron con quemaduras, hecho ocurrido en octubre del 2014.
El tribunal basĆ³ su sentencia en virtud a la violaciĆ³n de las disposiciones contenidas en los artĆculos 1-F, acĆ”pite I,F y 8 Inciso F de la Ley 267-08, sobre Terrorismo; 2, 295 y 304 del CĆ³digo Procesal Penal, por lo que a partir de la notificaciĆ³n el abogado del imputado RaĆŗl Hamburgo Mena ya puede recurrir en apelaciĆ³n la sentencia que condena a HolguĆn Medina, en caso de no estar conforme con la misma.
Los jueces al leer la sentencia integra, que consta de 57 pagina, valoraron las consecuencias causadas a la sociedad posterior al hecho, siento este acto dirigido hacia un servicio de transporte pĆŗblico, confortable y barato al cual accedĆan una considerable parte de la poblaciĆ³n y otros que sin estar presentes al momento del hecho, fueron tambiĆ©n victimas indirectas del terror causado.
El tribunal alega ademĆ”s que estĆ” la tentativa directa e injustificada contra la vida de los querellantes por parte del imputado, por medio de su ilĆcito accionar, tomando muy en consideraciĆ³n ademĆ”s, que el imputado era al momento de la comisiĆ³n los hechos un joven prometedor en perfecto estado de sus facultades sĆquicas, ya que era estudiante de la universidad primada de AmĆ©rica.
AƱade que el imputado intentĆ³ evadir la responsabilidad al escapar de la escena del crimen, lo cual indica que tenĆa el dominio de su estado emocional y sĆquico, razones por las cuales el tribunal entendiĆ³ prudente la pena impuesta, mĆ”s el pago de una indemnizaciĆ³n de 27 millones de pesos a favor de las vĆctimas por los daƱos materiales y perjuicios morales que han sufrido por el hecho ocasionado por el imputado, asĆ como al pago de 241 mil euros a favor de la Oficina Para el Reordenamiento del Transporte (OPRET), quien se constituyo en actor civil.
El tribunal tomĆ³ la decisiĆ³n tras acoger el dictamen presentado por los fiscales adjuntos Laura Vargas y Julio Saba y los abogados que representan a las personas que resultaron con quemaduras, por considerar que presentaron pruebas suficientes que rompieron con el principio de inocencia del imputado.
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