El presidente Danilo Medina promulgĆ³ la Ley 520-14 que extiende por 90 dĆ­as el plazo previsto en el artĆ­culo 6, pĆ”rrafo I de la Ley 169-14.
 
En virtud de esta ley, las personas descendientes de padres extranjeros en condiciĆ³n migratoria irregular nacidos en el territorio nacional, no inscritos en el Registro Civil, podrĆ”n solicitar el registro y regularizaciĆ³n migratoria contemplados en la referida ley y su reglamento de aplicaciĆ³n.
 
El plazo Ćŗnico de 90 dĆ­as
“Se dispone un nuevo y Ćŗnico plazo de 90 dĆ­as, el cual serĆ” computado a partir de la publicaciĆ³n de la presente ley en la Gaceta Oficial, para que las personas descendientes de padres extranjeros en condiciĆ³n migratoria irregular, que habiendo nacido en el territorio nacional, no figuran inscritas en el Registro Civil, puedan solicitar el registro y regularizaciĆ³n migratoria contemplados en la Ley 169-14 y su reglamento de aplicaciĆ³n”, explica el texto.
 
Prioridad de la actual administraciĆ³n
En sus consideraciones, el Ejecutivo explicĆ³ que resulta prioritario para la presente administraciĆ³n del Estado, en cumplimiento de la Ley General de MigraciĆ³n 285-14, de la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional y de la Ley 169-14, desplegar todos los esfuerzos a fin de que la compleja problemĆ”tica de la migraciĆ³n en la RepĆŗblica Dominicana se encauce por senderos de institucionalidad.
 
“A fin de atender las imprevisiones y deficiencias institucionales de las que histĆ³ricamente hemos padecido en la materia”, se subraya en el documento.
 
Registro de alto interƩs para el Estado
SegĆŗn expresa uno de los considerando de la nueva ley, el registro y regularizaciĆ³n de este grupo de personas es de alto interĆ©s para el Estado dominicano.
 
Mediante la ley 169-14 promulgada el 23 de mayo de 2014, el Estado dominicano estableciĆ³ un mecanismo para el referido registro y regularizaciĆ³n de los descendientes de padres extranjero en condiciĆ³n irregural, pero no obstante los esfuerzos desplegados y recursos invertidos por el Gobierno, llegado el final del plazo establecido en dicha ley, el n[umero de personas registrado fue muy reducido.
 
Oportunidad de registro
En ese sentido, con la extensiĆ³n del plazo en 90 dĆ­as mediante la nueva ley 520-14, se procura dar oportunidad a dichas personas para que soliciten el registro y regularizaciĆ³n migratoria que la misma contempla, “de modo que los propĆ³sitos que le dieron razĆ³n de ser a esta legislaciĆ³n puedan cumplirse cabalmente”.

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